1) Doble deducción de gastos de explotación: Pueden deducir el 100% del monto invertido para determinar la factibilidad de un proyecto.
2) Devolución del IVA a la exploración.
3) Estabilidad fiscal por 30 años.
4) Amortización acelerada en sólo tres años.
5) Exención de aranceles para importar bienes de capital, equipos e insumos.
6) Deducción por gastos de conservación del medio ambiente.
7) Exención de las utilidades derivadas del aporte de las minas y derechos mineros para capitalizar sociedades.
8) Tope de regalías del 3%.
9) Exención del impuesto a la ganancia mínima presunta.
10) Capitalización de los avalúos de reservas mineras para mejorar la situación patrimonial que permite acceder a los créditos.
11) Devolución anticipada y financiamiento del IVA.
12) Exención de contribución sobre propiedad minera.
13) Eliminación de todo gravamen y tasa municipal e impuestos a los sellos.
14) Exención de retención a las exportaciones.
15) Exención del impuesto al cheque.
16) Deducción del 100% del impuesto a los combustible líquidos (el que cada uno paga cuando carga nafta).
17) Transferencia de capital al exterior en cualquier momento sin pagar cargas por las mismas.
18) Ninguna obligación de liquidar divisas en el país (que acaba de ser derogada por decreto 1722/11). (EL MAL, M. Bonasso)
(Al establecerse este acuerdo, el subsecretario de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda de la Nación, Cristian Modolo, se negó a firmarlo aduciendo que "iremos todos presos" y renunció, el 28 de julio 2009).
ESTÁ VISTO, ENTONCES: AL IGUAL QUE DURANTE LAS PRIVATIZACIONES DEL MENEMISMO, EN NUESTRO PAÍS, EXPLOTAR MINAS, ES UNA JAUJA!!!
MIENTRAS TANTO, EL IVA SIGUE SIENDO UNA DE LAS PRINCIPALES FUENTES DE RECAUDACIÓN: ES DECIR, MIENTRAS LOS GIGANTES SON EXENTOS DEL PAGO DE IMPUESTOS, LOS POBRES QUE COMPRAN UN KILO DE ARROZ, SOSTIENEN CON EL IVA QUE PAGAN POR ESE CONSUMO INDISPENSABLE (18% DE SU PRECIO), LOS GASTOS DEL ESTADO.
Julio Fernandez - Movimiento Libres del Sur
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